¿Emprender en alquiler de viviendas sin riesgos? ¡Confía en SEAG!

En la actualidad, el mercado del alquiler de viviendas se presenta como una opción atractiva para quienes buscan generar ingresos adicionales o iniciar un negocio.
Sin embargo, entrar en este sector conlleva ciertos riesgos que es crucial entender y mitigar adecuadamente.
Cómo empezar a alquilar una vivienda sin riesgos
Antes de aventurarse en el mundo del alquiler de viviendas, es fundamental realizar una planificación exhaustiva.
Es importante hacer previamente una investigación de mercado para conocer el estado del mismo y poder medir la rentabilidad potencial del alquiler de la propiedad.
De todo eso se puede encargar una agencia inmobiliaria, que cuenta con equipos experimentados de profesionales que saben cómo hacer estas indagaciones, así como llevar a cabo las correspondientes evaluaciones financieras para determinar si la operación de alquiler es viable.
Por eso, SEAG trabaja de manera muy estrecha con agencias inmobiliarias, ofreciendo un servicio ágil y eficaz de asesoría legal y jurídica que es capaz de solucionar el problema de los impagos a los propietarios de manera efectiva.
Cómo apuesta SEAG por el alquiler seguro
Lo que ofrece https://www.seag.es/ en su servicio de alquiler garantizado es un servicio de asesoramiento legal y jurídico personalizado. El equipo de SEAG está formado principalmente por abogados especializados en derecho inmobiliario, que asesorarán al propietario de la vivienda afectada en cada parte del proceso para reclamar por vía judicial su propiedad.
Es importante tener en cuenta que SEAG contempla todo tipo de supuestos, desde impagos hasta okupaciones, daños por vandalismo y otras acciones que supongan un perjuicio para el propietario de la vivienda. Además, su sistema de alquiler garantizado, que incluye compensaciones económicas por los impagos sufridos, se adapta al tipo de alquiler: indefinido, temporal, vacacional, por habitaciones…
El alquiler seguro de SEAG permite agilizar los trámites para que la protección tenga un efecto práctico sobre el propietario. Además, cubre los gastos judiciales en lo que a presentación de trámites y demás se refiere, reduciendo la presión sobre el dueño de la propiedad.
Las compensaciones por impago se ejecutan con un mes de carencia. Es importante que el propietario notifique el impago en cuanto tenga conocimiento para que el sistema se ponga en marcha cuanto antes y comience a aplicarse la cobertura del alquiler seguro. Además, como no es necesario aportar sentencia para compensar los impagos, no existen taras burocráticas que impidan que las compensaciones se retrasen más de lo esperado.
El servicio de alquiler garantizado de SEAG mantiene todas las ventajas de su servicio de asesoramiento jurídico y legal en los alquileres temporales, proporcionando un sistema de compensación de rentas impagadas por hasta 12 meses, junto con todo el servicio de asesoramiento profesional, cobertura de costes y demás.
En los alquileres de temporada, también se contemplan compensaciones por daños por actos vandálicos hasta un tope de 3.000 euros sin franquicia.
¿Por qué SEAG y no un seguro de impago de alquiler?
SEAG no tiene la consideración de correduría de seguros y, por tanto, nada de lo que ofrece en su servicio de asesoría incluye seguros de alquiler. La labor de SEAG no es la de actuar como una póliza de seguros en caso de impago, sino proporcionar a los propietarios de una vivienda en alquiler las herramientas jurídicas necesarias para poder proceder a la reclamación judicial de la propiedad y recuperarla a la mayor brevedad.
No obstante, dado que se trata de un proceso que no es inmediato y que puede demorarse en función de la carga de trabajo de los Tribunales de Justicia, SEAG añade una compensación mensual para mitigar el perjuicio económico que el incumplimiento de los términos del contrato de arrendamiento genera sobre el arrendador.
Las compensaciones de SEAG se ponen en marcha sin cláusulas ni las condiciones leoninas que muchos seguros imponen a sus clientes en las pólizas para ejecutar las prestaciones. Tampoco requieren sentencia judicial, y se abonan puntualmente los días 5 de cada mes para darle al propietario la tranquilidad de poder seguir percibiendo los ingresos de su vivienda en alquiler durante todo el proceso de recuperación de la casa.
Además, en caso de que el inquilino se declare insolvente, la Garantía SEAG cubre todas las rentas impagadas, y en ningún caso se reclaman al arrendador las rentas percibidas con anterioridad a la declaración de insolvencia.
Por tanto, SEAG ofrece un servicio de alquiler garantizado mucho más eficiente en todas las modalidades de alquiler que cualquier seguro de impago. Los tiempos son importantes cuando se trata de la vida de las personas, y en SEAG todo se lleva a cabo a la mayor brevedad para evitar esperas innecesarias y compensar los perjuicios al arrendador causados por el incumplimiento del contrato.








































































































